Concretamente, podemos reclamar los gastos del Registro de la Propiedad, de la gestoría, de la tasación, de la notaría (al 50% con el banco), de la comisión de apertura y también del interés legal.
El coste del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados será asumido por la entidad financiera si la firma de la hipoteca es posterior a 10 de noviembre de 2018, antes de esa fecha, corresponde al consumidor o consumidora.
¿Hasta cuándo puedo reclamar? No existe una fecha límite . La sentencia del TJUE amplía de forma indefinida el plazo para reclamar los gastos hipotecarios a la entidad bancaria. El TJUE aclara que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios se inicia a contar desde que el consumidor tiene conocimiento de que la cláusula es abusiva. ¿Cómo puedo reclamar?
- Envíe una reclamación al servicio de atención al cliente de su entidad financiera de forma que tenga constancia de ello, por medio de hojas oficiales de reclamación de correo certificado o burofax, o bien llame al teléfono gratuito para incidencias y reclamaciones y pida el número de referencia correspondiente.
- Si en el plazo de 30 días no ha obtenido respuesta, o bien la respuesta no es satisfactoria, contacte con el servicio de mediación, Y en el caso de que no llegue a ningún acuerdo acuerdo con la entidad financiera puede dirigirse a la vía judicial .
Si el importe de la reclamación no supera los 2.000 euros, no necesitará abogado ni procurador.
En cuanto a la documentación necesaria es muy sencillo, la copia de su DNI, copia de la escritura del préstamo hipotecario, copia de las facturas relacionadas con el pago de estos gastos (gestoría, notario, Registro de la Propiedad, tasación de la vivienda y comisión de apertura). Estas facturas las solemos guardar con la copia de la escritura.
¿Quién paga los gastos de hipoteca? Era por todos conocido que, cuando un consumidor solicitaba un préstamo hipotecario, el Banco le cargaba el pago de cantidades que, como ahora sabemos, no tenia que soportar.
Así ha ocurrido históricamente, pues los consumidores NO tenían obligación alguna de abonar los gastos de Notario, Registro, Gestoría o Tasación derivados de la hipoteca y, sin embargo, por una actuación engañosa y claramente abusiva de las Entidades Financieras, terminaban soportando todos estos gastos. De ahí que puedan ahora reclamarse y recuperarse cantidades.
En 2019, se regula de forma más clara y completa a quien compete el pago de cada gasto y, desde ese momento en adelante, los clientes consumidores solo deben abonar los importes correspondientes a la Tasación del inmueble y las copias de la escritura que soliciten para sí.
El TJUE está a favor del consumidor y la declaración de nulidad no prescribe. ¿Puedo reclamar si la hipoteca ya está cancelada?
Si una cláusula es nula, no hay plazo alguno para solicitar su nulidad.
Sí, existen plazos para reclamar las cantidades, sin embargo, según lo apuntado por el Tribunal Supremo en la cuestión prejudicial planteada a Europa, los plazos que baraja como posibles no finalizarían hasta al menos abril de 2024.
Si una cláusula es nula, no hay plazo alguno para solicitar su nulidad.
Sí, existen plazos para reclamar las cantidades, sin embargo, según lo apuntado por el Tribunal Supremo en la cuestión prejudicial planteada a Europa, los plazos que baraja como posibles no finalizarían hasta al menos abril de 2024. De todos modos, es una cuestión pendiente de clarificar. Tráenos tu hipoteca y te decimos si puedes reclamar y cuánto podrías recuperar.
do que, cuando un consumidor solicitaba un préstamo hipotecario, el Banco le cargaba el pago de cantidades que, como ahora sabemos, no tenia que soportar.
Así ha ocurrido históricamente, pues los consumidores NO tenían obligación alguna de abonar los gastos de Notario, Registro, Gestoría o Tasación derivados de la hipoteca y, sin embargo, por una actuación engañosa y claramente abusiva de las Entidades Financieras, terminaban soportando todos estos gastos. De ahí que puedan ahora reclamarse y recuperarse cantidades.
En 2019, se regula de forma más clara y completa a quien compete el pago de cada gasto y, desde ese momento en adelante, los clientes consumidores solo deben abonar los importes correspondientes a la Tasación del inmueble y las copias de la escritura que soliciten para sí.