El trabajador, tras la rescisión de su contrato, reclama a la empresa el pago de las horas extraordinarias realizadas en el último año. Normalmente mientras está en plantilla, no lo hace, muchas veces por la "amenaza" o "miedo" al despido. Cuando reclama, en la instancia la empresa es absuelta y el trabajador recurre en suplicación alegando que la empleadora ha infringido el deber de entregar a los trabajadores copia del resumen de la jornada trabajada.