Concretamente, podemos reclamar los gastos del Registro de la Propiedad, de la gestoría, de la tasación, de la notaría (al 50% con el banco), de la comisión de apertura y también del interés legal.
El coste del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados será asumido por la entidad financiera si la firma de la hipoteca es posterior a 10 de noviembre de 2018, antes de esa fecha, corresponde al consumidor o consumidora.